Exonera TRIFE a Mónica Fernández
de acusaciones dolosas del PRI

Por unanimidad, declaró infundado el procedimiento

especial promovido por el representante del tricolor ante el IFE.

Por: Daniel Becerra Conde
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación respaldó a la diputada federal Mónica Fernández Balboa, al declarar de manera unánime como infundado el procedimiento especial promovido por la representación del PRI ante el Instituto Federal Electoral, en el sentido de que la legisladora estaría promocionándose con recursos públicos, cerrando con este resolutivo toda discusión en torno a ese caso y dando la razón a la legisladora perredista.
En efecto, el pasado 13 de mayo del presente año, la Sala Superior del TEPJF, resolvió por unanimidad de sus seis magistrados presentes, confirmar la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, relativa a declarar INFUNDADO el procedimiento e s p e c i a l s a n c i o n a d o r instruido en contra de Mónica Fernández.
Dicha resolución recayó en el expediente SCG/ PE/PRI/JD06/ TAB/015/2009, conformado a raíz de la queja, solicitada por José Villar Ramón al Representante del PRI ante el Órgano Electoral en contra de la C. Diputada Mónica Fernández Balboa, por supuesta promoción personalizada de servidor público, ya que según argumentos manifestados en el escrito de queja, la Diputada Mónica Fernández, hacía transitar un vehículo en el Municipio de Teapa, Tabasco, el cual contenía propaganda de tipo espectacular, con la cual se promocionaba.
Es importante mencionar que dicha queja fue presentada ante el Instituto Federal Electoral en la entidad el 19 de enero del presente año, y se ha venido ventilando en distintos niveles jurisdiccionales electorales, los cuales en todo momento la declararon INFUNDADA, al no encontrarse elementos que dieran sustento a dicha impugnación.
De tal forma que, el Consejo del Instituto Federal Electoral, determinó que la propaganda objeto de dicho procedimiento está encaminada a la atención ciudadana, por lo que en ningún caso esta expresión transgrede la normativa atinente a la propaganda político-electoral, pues no se hace alusión a partido político alguno y mucho menos se invita a votar por algún candidato o partido político, sino que su finalidad obedece a la prestación de un servicio social, resolución que finalmente fue confirmada por el Máximo Órgano Jurisdiccional en Materia Electoral del país, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Con lo anterior las autoridades cerraron la puerta a la intentona del PRI de evitar que la Diputada continuara con el trabajo que viene realizando en su oficina de atención ciudadana.
A r g u m e n t a r o n que en la supuesta propaganda electoral, las tareas de atención ciudadana que la Diputada hacía era anticonstitucional, ya que no tenía facultades para ello; igualmente señalaron que no podía ostentarse como Diputada Federal, que utilizaba recursos públicos, y que el punto sobre la “ i ” de su nombre era el logotipo del PRD.
Aun más, presentaron supuestas pruebas con fe notarial, del Notario Publico 04 Domínguez Nares, casualmente acusado en el 2006 por delitos electorales.
Vale señalar que el letrero era de color blanco, no contenía logos partidistas y era un simple aviso, ya que la inauguración de la citada oficina (programada en septiembre) se canceló por motivo de las inundaciones, y ante las necesidades de la población, incrementadas por la citada inundación, la oficina se abrió para dar atención medica y medicamentos gratuitos a los más necesitados, como se hace actualmente; por lo que se tenía que avisar del funcionamiento de la oficina.
Ahora bien, la atención ciudadana que debieran hacer todos los legisladores, está sustentada tanto en la Ley Orgánica de la Cámara de Diputados como en la propia Constitución de la Republica, dado el carácter de REPRESENTANTES POPULARES de los diputados y senadores. Argumentaron que sólo el Ayuntamiento tenía esa facultad, entonces nos preguntamos cuál es la función de las Casas del Gobierno del Estado que funcionan en cada uno de los municipios de Tabasco, o por qué hay Delegaciones de las diferentes Secretarías del Gobierno Federal en los estados. O más aún: por qué los diputados locales tienen oficinas de gestión.
Los Diputados Federales son parte del Poder Legislativo, y salvo los presidentes de la Comisiones o integrantes de las Mesas Directivas, ninguno maneja Recursos Públicos, el trabajo que hace la Diputada Mónica Fernández, es con recursos propios, como quedó demostrado en el Tribunal.
Y finalmente el punto sobre la “ i “ del nombre de la Diputada, es una alegoría a una flor, porque ella fue Flor de Tabasco en el 84, y si se ostenta como Diputada Federal, es por que es Diputada Federal del Distrito 6 de Tabasco.
Al entrevistar al Mónica Fernández, señaló que es una pena que los priístas estén más preocupados por procesos electorales, que por satisfacer las necesidades de la población, - supongo que es parte de su nerviosismo ante la posibilidad de que la población les cobre en las urnas, la situación de pobreza, inequidad y falta de oportunidades al que los gobiernos priístas los tienen obligados - y si les molesta que otros si trabajen, pues sería más recomendable que también se pusieran a trabajar.

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